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UNP No. 72
Título : El problema no es la extradición
Autor : Adolfo Salamanca Correa
Sección: Justicia
Fecha : Marzo 20 de 2005

La primera solicitud de extradición de los Rodríguez Orejuela, en 1997, fue negada por el Gobierno de Colombia, pues esa figura había sido abolida por la Constitución de 1991.
Fotos Archivo

El problema no es la extradición

El deficiente análisis probatorio de la justicia colombiana y los intereses de gobiernos, parlamentos y aparatos de justicia frente al tema de la extradición han conllevado errores que perjudican la eficacia de este mecanismo en la condena del delito. El caso de alias "El Marrano" es un ejemplo.

Adolfo Salamanca Correa
Decano de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia.

Antes de cualquier consideración sobre el tema de los colombianos extraditados y devueltos por los Estados Unidos al no ser las personas requeridas por la justicia de ese país, y sobre la lectura que de tal fenómeno pueda hacerse, es necesario fijar una posición sobre la extradición. Es un mecanismo de cooperación internacional, esencial en la vida de las comunidades de hoy para contrarrestar el delito y, además un instrumento que, en el caso colombiano, ha sido eficaz para someter a la justicia y condenar a personas comprometidas en graves hechos delictivos.

Este es un tema muy sensible, y el sólo plantearlo genera encendidas polémicas. Basta advertir las reacciones de parlamentarios -unas en contra y otras a favor- frente a una norma contenida en el proyecto oficial de la Ley de Justicia y Paz, que teóricamente impediría la extradición de aquellos narcotraficantes de alguna manera vinculados con actos paramilitares, para entender la magnitud del enfrentamiento que el asunto suscita.

La extradición ha generado una compleja y en ocasiones oscilante actitud de gobiernos, parlamentos y aparatos de justicia por las implicaciones en las relaciones internacionales y en las de poder en lo interno.

Remitámonos a las forzadas posiciones de la Corte Suprema de Justicia cuando le correspondía el papel de guardiana de la Constitución, a raíz de la revisión de las leyes aprobatorias del tratado de extradición suscrito con los Estados Unidos, para declararlas inexequibles en dos oportunidades; o los bandazos de algunos gobiernos en principio casados con la no-extradición, a causa de hechos violentos que desestabilizaban la sociedad, hasta llegar a la extradición por vía simplemente administrativa; o la prohibición de la extradición de nacionales en la Asamblea Nacional Constituyente para concluir ese capítulo con la derogatoria de esas mismas normas siete años después, por evidente y no disimulada presión del gobierno norteamericano aprovechando los escándalos generados por el proceso 8000.

Posteriormente, los intentos de parlamentarios para incorporar "micos" que harían imposible, o por lo menos más difícil, la extradición so pretexto de cualquier proyecto legislativo relacionado o no con la materia. El más reciente, el publicitado por los medios a partir del proyecto de Código de Procedimiento Penal que buscaba incluir el sistema acusatorio, proyecto en el cual se consideró útil eliminar el trámite judicial de la extradición y dejarlo exclusivamente en manos del ejecutivo.

Este panorama retrospectivo y actual no puede dejar de mencionar los fines políticos, como ha sucedido recientemente con reconocidos voceros de las guerrillas o de los grupos paramilitares, respecto de quienes se autoriza o concede la extradición pero supeditada al cumplimiento de ciertas condiciones. En un caso para extraditar efectivamente y en otro para no extraditar.

 

El costo de los errores

¿Por qué hay colombianos extraditados que fueron devueltos al no declarárseles responsables de los delitos por los cuales procedió la extradición? ¿Qué pasa con la justicia colombiana? ¿Por qué se cometen esos errores? ¿A partir de cuál información se procesan las solicitudes de extradición? ¿Qué implica ello para la imagen del país? ¿Sería viable un proyecto que consagre la devolución de colombianos extraditados? ¿Qué intereses puede haber detrás de esta propuesta?

Resulta inadmisible en cualquier parte del mundo que se investigue y juzgue a quien nada tiene que ver con un hecho delictivo. Pero ocurre. Por ejemplo, en nuestro país hemos tenido condenas hasta por 42 años de prisión por homicidio, y luego se ha tenido que poner en libertad al prisionero al comprobarse su inocencia. A la revocatoria de la sentencia se ha llegado no por las vías ordinarias sino por la acción de tutela fallada por la Corte Constitucional.

Así, existen múltiples causas para que se produz-can este tipo de "errores" y que ellos se exacerban cuando están de por medio temas tan espinosos como la extradición. Una primera causa es la fuente de la información. Cuando esa fuente es un "informante" pagado por los organismos de seguridad del Estado o por la Policía Judicial, el riesgo de error se dispara, porque usualmente se trata de personas dedicadas a ese oficio, sin escrúpulos para hacer incriminaciones gratuitas dependiendo del mejor postor y para favorecer otros intereses.

Esa es la historia interminable de los informantes y las recompensas. Si a eso se suma el interés por demostrar eficiencia en un caso particular, independientemente de los derechos que se vulneren para cumplir órdenes superiores, o el alto riesgo de corrupción de los miem-bros de Policía Judicial, frente al narcotráfico y delitos conexos, el riesgo de error se multiplica. Un buen ejemplo de ello es el caso del célebre Nelson Vargas, alias "El Marrano", presunto guerrillero extraditado y después devuelto de los Estados Unidos por ser ajeno al delito y quien había sido acusado, según se supo, por móviles políticos o incluso personales.

Otra causa evidente de errores es el deficiente aná-lisis probatorio que suele hacerse por miembros de Policía Judicial y por fiscales en temas tan complejos como el lavado de activos y delitos de esa naturaleza. Buena parte de esos procesos terminan involucrando a centenares de personas por el solo hecho de haber realizado una supuesta transacción ilegal, sin que se profundice en la verdadera relación de culpabilidad. Circunstancia que en ocasiones genera la solicitud de extradición y, por tanto, la posterior absolución por falta de pruebas.

Sabemos que la Corte Suprema de Justicia hace un examen puramente formal de verificación de requisitos, comenzando por la identidad e identificación de la persona solicitada, la verificación de la existencia de una providencia judicial extranjera que la incrimine y el análisis de cumplimiento de las normas del tratado o del código de procedimiento sobre el tipo de delito, la tipificación en los dos países y la pena prevista, para autorizar la extradición. Pero no más. Allí no hay, ni puede haber, debate probatorio alguno. El debate se hace en juicio en el país extranjero. Cumplidos esos requisitos, la justicia colombiana no tiene nada distinto qué hacer que autorizar la extradición. Y en últimas es el gobierno el que decide si la concede o no. Y de ahí la tesis de que este análisis judicial sobra y lo único que hace es, por lento y demorado, entorpecer la cooperación judicial con otros países.

Por las razones expuestas, creemos que no es viable un proyecto legislativo que busque la repatriación de los nacionales extraditados. Ello no tendría eco más que en quienes siempre han estado en contra de la extradición (en el fondo porque tienen interés en defender a quienes real o potencialmente han sido o pueden ser extraditados a Estados Unidos), pero no en quienes entienden el mecanismo como algo útil para la lucha contra el delito. Es evidente que los casos de error sientan un mal precedente a ojos de cualquier ciudadano desprevenido, pero el mal no está en la extradición sino en los mecanismos de búsqueda de la evidencia material para formalizar una actuación judicial, y ello es tarea no solo de la Rama Judicial sino del Estado en su conjunto. Es un asunto de inteligencia aplicada a la investigación criminal, de depuración de los organismos de seguridad y de Policía Judicial del Estado, y que tiene que ver con la neutralización de la corrupción derivada del narcotráfico y sus comportamientos conexos. Pero es también un asunto político, en cuanto las órdenes superiores de capturas masivas e indiscriminadas, so pretexto de la seguridad y la libertad ciudadanas, pueden contribuir a generar los errores de que hablamos como causa eficiente de extradiciones sin el análisis suficiente para cumplir con la solicitud del juez extranjero.